La publicación del Real Decreto–ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral implica novedades y modificaciones respecto a la anterior (Real Decreto 395/2007 y Orden TAS 2307/2007) en la formación programada por las empresas (antes formación de demanda o bonificada).
1. Las modificaciones o novedades que afectan a la formación cuyo inicio se comunique desde el 24 de marzo de 2015 (incluido) son de los siguiente temas:
Duración mínima de las acciones formativas.
Módulos económicos:
Cofinanciación privada
2. A partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley (24-03-2015) se modifican aspectos que afectan a las Entidades organizadoras.
Teniendo en cuenta que algunas de las modificaciones recogidas en el Real Decreto-ley 4/2015 deben ser aplicadas en función de la plantilla de la empresa, con el fin de evitar confusiones entre los usuarios con recálculos de costes que afectan actualmente a datos de empresas pendientes de validar, las modificaciones relativas a los costes, para la formación cuyo inicio se comunique desde el 24 de marzo (incluido) se aplicarán en el momento en el que se actualicen los datos de cuota y plantilla de las empresas por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, ya que dichos datos deben ser validados por dicho organismo.
Adjuntamos los documento con las principales modificaciones en la formación programada por las empresas, en los módulos económicos recogidos en el Decreto–ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral y las principales preguntas frecuentes:
· Modificaciones en la formación programada por las empresas (antes formación de demanda o bonificada) (http://www.fundaciontripartita.org/Noticias/Documents/Comunicaci%c3%b3n%20Real%20Decreto.pdf)
· Costes en la formación programada por las empresas (antes formación de demanda o bonificada). (http://www.fundaciontripartita.org/Noticias/Documents/Consideracionescostes.pdf)
¿Qué cambios se realizan en el programa de gestión?
- En la acción formativa se añaden campos para indicar los porcentajes de costes indirectos y costes de organización en función del número de trabajadores de la empresa.
- La factura se adapta al nuevo formato para que aparezcan detallados además de los costes directos o de impartición, los costes indirectos y de organización.
- Al dar de alta una acción formativa perteneciente a la formación programada, no es necesario indicar los porcentajes de los costes, tras guardar, el programa los mostrará automáticamente en función de los trabajadores de empresa. Estos datos pueden ser luego modificados si lo cree necesario.
- Al facturar un grupo, el programa hará una factura por cada empresa, en función de los datos de la acción formativa, indicando los costes directos de cada alumno con el precio que corresponda según los módulos económicos en vigor y las horas del curso, los costes indirectos en función de su porcentaje y los costes de organización en función del porcentaje que corresponda al número de trabajadores de la empresa (recuerde ahora la importancia de rellenar el campo "plantilla" en la ficha de empresa).
- En la factura aparecerán distintos conceptos facturables que crea el propio programa para cada modalidad de formación y tipo de coste: FRMP (Formación Programada), PRB (Presencial Básico), PRS (Presencial Superior), TLF (Teleformación), DST (Distancia), CO (Coste Organización), CI (Coste Indirecto).
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