Cuando una empresa tenga varios centros contratados y estos a su vez tengan varias actividades (CNAE), tenga en cuenta lo siguiente:
Tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Para la determinación del tipo de cotización aplicable en función a lo establecido en la tarifa contenida en esta disposición se tomará como referencia lo previsto [...] para identificar el tipo asignado en el mismo en razón de la actividad económica principal desarrollada por la empresa o por el trabajador por cuenta propia incluido en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, establecido en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, conforme a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas ( CNAE-2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, y a los códigos que en la misma se contienen en relación con cada actividad.
Cuando en una empresa concurran, junto con la actividad principal, otra u otras que deban ser consideradas auxiliares respecto de aquélla, el tipo de cotización será el establecido para dicha actividad principal. Cuando la actividad principal de la empresa concurra con otra que implique la producción de bienes o servicios que no se integren en el proceso productivo de la primera, disponiendo de medios de producción diferentes, el tipo de cotización aplicable con respecto a los trabajadores ocupados en éste será el previsto para la actividad económica en que la misma quede encuadrada.
Cuando se realicen varias actividades que den lugar a una única inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, el tipo de cotización aplicable será el más elevado de los establecidos para las actividades que lleve a cabo el trabajador.
Fuente:http://noticias.juridicas.com/
- Órgano JEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE núm. 311 de 29 de Diciembre de 2006
- Vigencia desde 01 de Enero de 2007. Revisión vigente desde 12 de Octubre de 2019
Es decir, en la empresa deberá constar siempre el CNAE principal de la empresa o en su defecto, el que aplique mayor tarifa.
Comentarios
0 comentarios
Inicie sesión para dejar un comentario.